PROCEDIMIENTO ESPECIAL
DE ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES
ARBI-GADMLT-2025-013
SECCIÓN I
CONVOCATORIA
De acuerdo con los Pliegos de Procedimiento Especial de Arrendamiento, aprobados por la Ing. Miriam Marilú Castro Crespo. – Alcaldesa del Cantón La Troncal, invita a las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, o accionistas de éstas, o compromisos de asociación o consorcio, legalmente capaces de ser arrendatarios, a que presenten sus ofertas para el ARRENDAMIENTO DE LA BOLETERIA NRO. 05
El detalle del bien inmueble es:
El espacio en arrendamiento tiene las siguientes especificaciones técnicas:
- El espacio inspeccionado comprende un área de 6,00 m2.
- El inmueble se encuentra en buen estado.
- Ubicado en el área de boletería
Para la determinación del canon de arrendamiento aplicable a la Boletería Nro. 05 del Gobierno Municipal de La Troncal, se consideran dos posibles escenarios conforme al nivel de ingresos de los arrendatarios, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Sustitutiva:
Escenario 1: Arrendatarios con ingresos menores a 20,000 USD anuales
En este caso, el valor del arriendo por metro cuadrado será de USD 13,22. Aplicando este valor a la superficie total del local, que es de 6,00 m2, el canon de arrendamiento mensual será calculado como se detalla a continuación:
| Valor m2 arrendamiento | Cantidad de m2 del local | Canon de arrendamiento |
| USD 13,22 | 6,00 m2 | USD 79.32 |
Ninguna oferta económica podrá ser menor al canon base establecido para este segmento.
Escenario 2: Arrendatarios con ingresos superiores a 20,000 USD anuales
En este caso, el valor del arriendo por metro cuadrado será de USD 19,00. Aplicando este valor a la superficie total del local, que es de 6,00 m2, el canon de arrendamiento mensual será calculado como se detalla a continuación:
| Valor m2 arrendamiento | Cantidad de m2 del local | Canon de arrendamiento |
| USD 19,00 | 6,00 m2 | USD 114.00 |
Ninguna oferta económica podrá ser menor al canon base establecido para este segmento.
Nota: El canon de arrendamiento definitivo se establecerá en función del nivel de ingresos del arrendatario que participe y adjudique el contrato, de acuerdo con los parámetros establecidos.
El canon de arrendamiento aquí previsto no incluye valores adicionales por expensas, alícuotas o costos relacionados a servicios comunes (mantenimiento, limpieza, seguridad, entre otros). En caso de aplicar, estos valores deberán ser cancelados de manera obligatoria y mensual por parte del Arrendatario.
PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de duración del contrato será de 730 días, contados a partir del día siguiente a la suscripción del mismo.
En caso de renovación del contrato, éste podrá ser renovado por un período menor o igual al establecido por acuerdo escrito entre LAS PARTES, para lo cual, previo a la terminación del contrato por el cumplimiento del plazo establecido, cualquiera de las Partes que deseará renovarlo, debe solicitarlo a la otra por lo menos con sesenta (60) días de Anticipación a la Fecha de Terminación del Contrato, siendo suficiente prueba legal de la renovación, la aceptación por escrito de la contraparte.
RENOVACIÓN
La renovación del contrato de arrendamiento podrá ser solicitada por “EL/LA ARRENDATARIO/A” con una antelación mínima de sesenta (60) días antes de la fecha de finalización del contrato vigente. La solicitud deberá realizarse por escrito y ser dirigida al Administrador/a del Contrato.
La renovación estará sujeta a la evaluación del cumplimiento de todas las obligaciones contractuales por parte de “EL/LA ARRENDATARIO/A”, así como a la disposición del bien para su continuación en el arrendamiento. En caso de ser aceptada la solicitud de renovación, las partes negociarán y acordarán los términos y condiciones de la misma, incluyendo el canon de arrendamiento y cualquier otra cláusula modificada o adicional. Estos términos deberán formalizarse mediante un adendum al contrato original.
La renovación del contrato será válida únicamente si se formaliza con la firma del adendum por ambas partes. En caso contrario, el contrato finalizará al término del plazo inicial. Las condiciones de renovación deberán cumplir con las disposiciones legales vigentes y las normativas aplicables en el momento de la renovación.
FORMA DE PAGO:
EL/LA ARRENDATARIO/A” se compromete a realizar el pago del canon de arrendamiento de manera mensual y por adelantado. Los pagos deberán efectuarse dentro de cada mes mismo que lo realizará en el Área de Recaudación del GAD Municipal o mediante depósito a la Cuenta Corriente Nro. 1002016296 del Banco del Austro a nombre del GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LA TRONCAL; en caso de que el pago se realice por transferencia bancaria EL ARRENDATARIO asume el valor de la transacción establecido por la entidad bancaria.
El ARRENDATARIO deberá entregar obligatoriamente, a través del Administrador del Contrato el comprobante de depósito o de transferencia del canon de arrendamiento, así como los pagos de expensas y/o servicios básicos que pesen sobre el inmueble y estén a su cargo.
El comprobante de depósito o depósitos o transferencias bancarias, deberán contener la identificación clara y precisa de lo siguiente: identificación del ARRENDATARIO y mes/es de pago. Los referidos documentos serán único comprobante de que El ARRENDATARIO se encuentran al día en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales de pago.
No se receptarán depósitos o transferencias parciales, salvo que el ARRENDATARIO, previo a cumplirse las fechas establecidas para el pago de obligaciones económicas, mediante escrito justifique motivadamente su incumplimiento. De producirse incumplimiento en lo señalado, y de verificarse que el ARRENDATARIO se encuentra impago en dos cánones de arrendamiento o dos meses en el pago de expensas y/o servicios básicos, en caso de aplicar, El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Troncal, iniciará el trámite de terminación unilateral del contrato; al cobro de los valores adeudados y aplicación de multas que correspondan.
Sanciones:
Por incumplimiento de obligaciones contractuales o la Ley, por parte del ARRENDATARIO, EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LA TRONCAL procederá a aplicar las sanciones correspondientes de acuerdo a las siguientes consideraciones:
– Cuando el Administrador del Contrato haya solicitado de manera verbal el cumplimiento de obligaciones contractuales y el Arrendatario hubiere hecho caso omiso por más de tres (3) ocasiones, el Administrador procederá a realizar llamados de atención mediante oficio.
– Cuando exista un máximo de tres (3) llamados de atención al ARRENDATARIO, por incumplimiento de diferentes obligaciones contractuales, solicitadas por el Administrador del Contrato mediante oficio, se procederá con la notificación de la decisión del Arrendador de dar por terminado unilateral y anticipadamente el contrato.
– Cuando exista un máximo de dos (2) llamados de atención al ARRENDATARIO, por incumplimiento de la misma obligación contractual, solicitadas por el Administrador del Contrato mediante oficio, luego de haber sido notificado con los mismos y por no haberse corregido lo solicitado, se iniciará el proceso de terminación del contrato conforme lo estipulado en el Artículo 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
– Cuando el Arrendatario incurra en las prohibiciones previstas en el contrato, la Constitución y en la normativa legal vigente de la materia, se procederá con la terminación unilateral del contrato.
Las causales señaladas en la presente cláusula darán derecho al ARRENDADOR, para dar por terminado anticipadamente el contrato y exigir la inmediata desocupación y entrega del inmueble, objeto del arriendo, antes del vencimiento del plazo contractual.
RESPONSABILIDAD POR SERVICIOS BÁSICOS
“EL/LA ARRENDATARIO/A” se compromete a cancelar oportunamente los servicios básicos que utilice en el local arrendado, incluyendo planillas de energía eléctrica, teléfono, agua, internet y publicidad. El medidor de energía eléctrica deberá estar a nombre de “EL/LA ARRENDATARIO/A”, quienes también se encargarán de la tramitología correspondiente. Todos estos servicios deberán estar al día en los pagos para evitar interrupciones en su suministro.
Los pagos deberán realizarse de manera mensual y puntual a la Municipalidad dentro de los primeros 05 días de cada mes, si no fuese realizado el pago en el tiempo establecido, se aplicará lo dispuesto en el Art. 21 del Código Tributario para el cobro de los intereses legales.
Podrán intervenir en este proceso las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, legalmente constituidas y domiciliadas en el país.
Para la presentación de las ofertas no será necesario que los oferentes se encuentren habilitados en el Registro Único de Proveedores (RUP). No podrán participar en este procedimiento las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que se hallen incursas en las inhabilidades previstas en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 250, 251 y 252 del Reglamento General de la LOSNCP.
Se Invita a los interesados en participar en el procedimiento especial de arrendamiento realicen el reconocimiento del local a ser rentado el día 25 de marzo del 2025 hasta las 17h00.
Se convoca a una audiencia informativa para el 26 de Marzo del 2025 hasta las 17h00, a fin de que Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón La Troncal explique en términos generales el objeto de la invitación, absuelva las consultas y realice las aclaraciones que fueren requeridas. De esta audiencia se dejará constancia en un acta que será publicada en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
Los interesados deberán presentar su propuesta de las siguientes maneras:
- De forma física en un sobre cerrado, en la oficina de Compras Públicas hasta las 17h00 del 28 de marzo del 2025.
- De manera electrónica la oferta deberá ser enviada al correo institucional compraspublicas@latroncal.gob.ec
El calendario del Procedimiento Especial se realizará de acuerdo a los siguientes plazos:
| ETAPA | FECHA LIMITE | HORA |
| Publicación del proceso en el portal | 24/03/2025 | 17h00 |
| Fecha límite de audiencia de preguntas y aclaraciones | 26/03/2025 | 17h00 |
| Fecha límite de recepción de las ofertas | 28/03/2025 | 17h00 |
| Fecha de apertura de las ofertas | 28/03/2025 | 18h00 |
| Fecha estimada de la adjudicación | 02/04/2025 | 18h00 |
El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP y su Reglamento General.